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  • Elenco de montes con contrato de repoblación en CyL. Representación cartográfica (croquis orientativo), de los terrenos que tienen algún tipo de contrato con la administración forestal de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para su repoblación y/o gestión forestal. Existe una gran tipología de contratos: consorcios, convenios, contratos de adelantos de renta, convenios de colaboración en ribera estimada, etc., aunque los más abundantes son los dos primeros. AVISO: La información contenida en esta capa resume el mejor conocimiento cartográfico disponible de la situación de los montes incluidos en dicho Elenco. No obstante, no es completa ni exhaustiva, no es homogénea para el conjunto del territorio. CARECE DE VALOR LEGAL Y SE PONE A DISPOSICIÓN PÚBLICA A EFECTOS INFORMATIVOS Y ORIENTATIVOS, y se irá actualizando y ampliando.

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    Unidad de división dasocrática delimitada por tipos de masa forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL

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    Totalidad del área objeto de planificación forestal. Representa la superficie completa de todos los terrenos sobre los que se realiza un plan de gestión, ordenación o planificación forestal. Es decir, el área sobre la que se analizan, regulan y programan las actuaciones forestales consideradas dentro del ámbito del plan, independientemente de que en su interior haya distintos usos, masas forestales, infraestructuras o zonas no arboladas. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL

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    Parcelas de inventario forestal de montes con documento de planificación forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL

  • Mapa de montes con documento de planificación forestal en vigor en Castilla y León, octubre 2024, montes ordenados. Capa digital de los límites orientativos de los montes, tanto con gestión pública como privada, que cuentan con documento de planificación en vigor, junio de 2024 en Castilla y León. La ordenación de los montes es la mayor garantía para su conservación, aprovechamiento racional y persistencia continuada. Muestra de ello en España, y en concreto en la Comunidad de Castilla y León, son los montes ordenados desde finales del SXIX o principios del XX hasta la actualidad. Estos montes, que cuentan con una planificación plasmada en documentos a medio (15-20 años) y largo plazo (100-120 años), redactados conforme a las Instrucciones de Ordenación de montes vigentes en Castilla y León, constituyen un ejemplo de conservación del patrimonio natural, de perdurabilidad y de productividad de recursos renovables como la madera, el piñón o la resina.

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    Unidad de división dasocrática delimitada por caminos, ríos, cortafuegos... * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL

  • Sensibilidad ambiental a la instalación de parques eólicos e infraestructuras auxiliares asociadas en MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUP) y MONTES PROTECTORES de Castilla y León. Tanto la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, nacional, como la autonómica Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León establecen un régimen de protección para los montes de utilidad pública y montes declarados protectores. De acuerdo con este régimen, solo son autorizables aquellas actividades compatibles con los motivos que promovieron la declaración su declaración como tal y, en todo caso, compatibles con la persistencia de los valores naturales del monte. En este sentido, la instalación de parques eólicos en zonas desarboladas de estos montes, que no mantengan otros valores (por ejemplo la existencia de determinados hábitats o localización de especies de interés) y que, en todo caso, debe ser evaluado caso a caso, puede ser compatible con su demanialidad en el caso de los montes de UP o su declaración como monte protector. Cabe señalar que, tal como se establece en el art.16 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, en los proyectos de construcción de todo tipo de infraestructuras ajenas a la gestión forestal se evitará, siempre que existan alternativas viables, afectar a montes catalogados de utilidad pública y montes protectores. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental, dado que se ofrecen únicamente para facilitar una temprana valoración desde las primeras fases de definición de un potencial proyecto de energías renovables sobre la afección a un espacio concreto con elevada sensibilidad ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:

  • Delimitación cartográfica del área ocupada por el cangrejo rojo y señal. Capa que recoge las áreas habilitadas para la pesca fluvial de cangrejo en Castilla y León. Permite la localización y representación de los diferentes tramos y zonas hábiles para su captura en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de conformidad con la ORDEN MAV/10/2024, de 10 de enero, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca, y la ORDEN MAV/1481/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueba la Orden de Pesca para el año 2024, y en la ORDEN MAV/573/2022, de 26 de mayo, por la que se aprueba el plan de control del cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Más información: https://medioambiente.jcyl.es/web/es/caza-pesca/pesca-cangrejo-rojo-senal.html

  • Materiales de Base para la producción de Material Forestal de Reproducción (MFR) de Castilla y León. Masas forestales que forman parte del Catálogo de Materiales de Base para la producción de Material Forestal de Reproducción (MFR) de Castilla y León.

  • Cartografía de geometría puntual de los aerogeneradores de los parques eólicos en funcionamiento en Castilla y León. Se han identificado mediante la consulta de diferentes fuentes: Dirección General de Energía y Minas, Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica (PRETOR), ortofotografía aérea, etc. Se diferencian las instalaciones en función de su potencia instalada. Hasta 50 MW la competencia para su autorización es de la Junta de Castilla y León. Y las instalaciones de más de 50 MW el órgano competente para la tramitación es el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Los aerogeneradores han sido digitalizados sobre la ortofoto del PNOA 2023. Se incluyen algunos datos de cada uno de los aerogeneradores: provincia, municipio, nombre del parque eólico, código registro, titular, tecnología, potencia (Kw), etc. Normativa: Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Más información en: https://energia.jcyl.es/web/es/energias-renovables-ordenacion-energetica.html