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Unidad de división dasocrática delimitada por tipos de masa forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Límite monte en documento de planificación forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Mapa de sectores de desarrollo del planeamiento urbanístico de Castilla y León. Identificación y representación cartográfica de los sectores aprobados que se encuentran en vigor en el planeamiento urbanístico municipal en suelos urbanos no consolidados y suelos urbanizables. * Aviso: INFORMACIÓN ACTUALIZADA MENSUALMENTE
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Totalidad del área objeto de planificación forestal. Representa la superficie completa de todos los terrenos sobre los que se realiza un plan de gestión, ordenación o planificación forestal. Es decir, el área sobre la que se analizan, regulan y programan las actuaciones forestales consideradas dentro del ámbito del plan, independientemente de que en su interior haya distintos usos, masas forestales, infraestructuras o zonas no arboladas. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Red de Espacios CyL Digital y centros de competencias digitales adheridos. La Red de Espacios CyL Digital y centros adheridos es una iniciativa de la Junta de Castilla y León que busca la adquisición de competencias digitales entre sus ciudadanos a través de una red de centros de competencias digitales distribuidos por todo el territorio. Esta red se compone de los Espacios CyL Digital, en las capitales de provincia y gestionados por la Junta de Castilla y Léon, y de otros centros de competencias digitales en zonas rurales, que son gestionados por distintas entidades, como ayuntamientos o asociaciones. * Actualización contínua de datos
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Sensibilidad ambiental por actividades críticas proritarias, potencialmente condicionantes para la implantación de parques eólicos en Castilla y León. El desarrollo de determinadas actividades, críticas o fundamentales, implantadas sobre el territorio de la Comunidad, lleva asociada la existencia de instalaciones dependientes que exigen su consideración de cara a asegurar el correcto funcionamiento de aquellas. Con esa finalidad se delimitan una serie de terrenos por su sensibilidad a la implantación de instalaciones de producción energética eólica: - ÁREAS CERCANAS A RADARES METEOROLÓGICOS DE BANDA C. Infraestructuras fundamentales para la predicción y vigilancia de fenómenos meteorológicos. Los radares meteorológicos se deben ubicar en emplazamientos libres de obstáculos con objeto de que la señal radar, emitida en pulsos electromagnéticos en todas las direcciones (360º en azimut) y a distintas elevaciones, no resulte bloqueada o apantallada (o lo sea en la menor medida posible). Uno de los mayores problemas en la operatividad de los radares meteorológicos es la proximidad de parques eólicos. Los aerogeneradores, si se encuentran próximos al radar meteorológico, interceptan la señal electromagnética bloqueando la señal parcialmente y generando además intensos ecos falsos. Consiguientemente, en aras de garantizar la operatividad de estas infraestructuras, se delimitan servidumbres asociadas a los radares meteorológicos de banda C. - SERVIDUMBRES AERONAÚTICAS. Tradicionalmente la navegación aérea se ha basado en instalaciones que desde tierra emiten señales radioeléctricas a las aeronaves que permiten su guiado, las comunicaciones y la vigilancia de éstas. La importancia de las funciones que realizan estos sistemas en relación con la seguridad aérea obliga a proteger estas instalaciones y sus emisiones a través de las servidumbres aeronáuticas. Los aerogeneradores son elementos metálicos de grandes dimensiones que, en ocasiones, presentan afecciones sobre los sistemas de navegación aérea. Las servidumbres aeronáuticas constituyen la herramienta legal para asegurar la compatibilidad de la prestación de los servicios de navegación aérea con la planificación de otro tipo de instalaciones en el territorio. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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Sensibilidad ambiental a la instalación de parques eólicos e infraestructuras auxiliares asociadas en MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUP) y MONTES PROTECTORES de Castilla y León. Tanto la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, nacional, como la autonómica Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León establecen un régimen de protección para los montes de utilidad pública y montes declarados protectores. De acuerdo con este régimen, solo son autorizables aquellas actividades compatibles con los motivos que promovieron la declaración su declaración como tal y, en todo caso, compatibles con la persistencia de los valores naturales del monte. En este sentido, la instalación de parques eólicos en zonas desarboladas de estos montes, que no mantengan otros valores (por ejemplo la existencia de determinados hábitats o localización de especies de interés) y que, en todo caso, debe ser evaluado caso a caso, puede ser compatible con su demanialidad en el caso de los montes de UP o su declaración como monte protector. Cabe señalar que, tal como se establece en el art.16 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, en los proyectos de construcción de todo tipo de infraestructuras ajenas a la gestión forestal se evitará, siempre que existan alternativas viables, afectar a montes catalogados de utilidad pública y montes protectores. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental, dado que se ofrecen únicamente para facilitar una temprana valoración desde las primeras fases de definición de un potencial proyecto de energías renovables sobre la afección a un espacio concreto con elevada sensibilidad ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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Mapa de ejes de los Bienes de Interés Cultural (BIC) de Castilla y León. Cartografía de elementos lineales que recoge el trazado de los Bienes de Interés Cultural a su paso por la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Se representa mediante mapas la trayectoria seguida por los elementos del patrimonio cultural de carácter y disposición longitudinal. Frecuencia de actualización diaria
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Cartografía de poblaciones de Castilla y León. Se recogen las entidades de población sobre las que se asienta la población de Castilla y León. A efectos de esta capa cartográfica las poblaciones se han clasificado y denominado de la siguiente forma: • Núcleo principal: Concentración principal de población de cada uno de los núcleos que identifica el INE. • Otras poblaciones. Pueden ser: · Asentamiento de población perteneciente a un núcleo INE pero separado de su núcleo principal. En su mayoría son barrios rurales o urbanizaciones. · Asentamientos de población no considerados como núcleos por el INE (diseminados). No obstante, hay que tener en cuenta que cualquiera de estas poblaciones puede estar clasificada de otras formas en diferentes ámbitos o bases de datos, con denominaciones como, por ejemplo: localidad, ciudad, pueblo, urbanización, villa, aldea, poblado, caserío, etc. De cada una de las poblaciones se ha incluido una serie de atributos: nombre, municipio y provincia a la que pertenece, código ine, capitalidad, tipo de entidad, tipo de población, tipo de ocupación, tipo morfológico, etc.
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Mapa del grado de ejecución del desarrollo urbanístico de Castilla y León. Identificación cartográfica e interpretación del nivel de ejecución del planeamiento urbanístico municipal de Castilla y León sobre suelo urbano consolidado (SU-C), suelo urbano no consolidado (SU-NC) y suelo urbanizable (SUR) * Aviso: INFORMACIÓN ACTUALIZADA MENSUALMENTE
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