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Delimitación cartográfica de tramos pesca del área ocupada por el black-bass (Micropterus salmoides). Capa que recoge las áreas habilitadas para la pesca fluvial del black-bass. Permite la localización y representación de los diferentes tramos y zonas hábiles para su captura en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de conformidad con la ORDEN FYM/339/2019, de 27 de marzo, por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por la carpa (Cyprinus carpio), por el black-bass (Micropterus salmoides), por el cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y por el cangrejo señal (Pacisfastacus leniusculus) con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Más Información: https://medioambiente.jcyl.es/web/es/caza-pesca/pesca-carpa-black-bass.html
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Cartografía orientativa de los terrenos sobre los que no serían autorizables los proyectos de instalaciones de energías renovables y sus infraestructuras auxiliares conforme al artículo 13 del "Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica" (BOCYL 24.06.2022). Se han tenido en cuenta todos los criterios del artículo 13 del DL 2/2022, salvo “otras instalaciones de servicio público ubicadas en suelo rústico”, cuya afección deberá ser analizada particularmente en cada caso. Para la delimitación de la zona de exclusión de plantas fotovoltaicas, se han tenido en cuenta los siguientes criterios: - Red de Áreas Naturales Protegidas, salvo en los montes catalogados de utilidad pública que sustenten aprovechamientos agrícolas autorizados - Áreas críticas de especies protegidas con plan de conservación o recuperación - Montes arbolados - Distancia a menos de 500 metros de un bien de interés cultural - Distancia a menos de 500 metros de núcleos urbanos - Distancia a menos de 500 de centros educativos, centros sanitarios y sociosanitarios ubicados en suelo rústico - Zonas de regadíos Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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ZONAS DE SENSIBILIDAD AMBIENTAL PARA LAS AVES ESTEPARIAS EN CASTILLA Y LEÓN Información cartográfica con zonas de sensibilidad ambiental para las aves esteparias (avutarda, sisón, ganga ibérica, ganga ortega, alondra ricotí, alcaraván y cernícalo primilla) en Castilla y León. Con el fin de ofrecer una información de partida sobre la sensibilidad ambiental de las aves esteparias ante la generación de proyectos de energías renovables en el territorio castellano leonés, se ha elaborado un mapa sobre este grupo de aves esteparias, que busca servir de orientación a los promotores sobre las zonas en las que se pueda estar evaluando la idoneidad para el diseño y ubicación de los potenciales proyectos de energías renovables, especialmente de energía solar fotovoltaica. La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental, dado que se ofrecen únicamente para facilitar una temprana valoración desde las primeras fases de definición de un potencial proyecto de energías renovables sobre la afección a un grupo concreto de especies con elevada sensibilidad ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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Unidad de división dasocrática delimitada por tipos de masa forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Cartografía de los núcleos de población de Castilla y León. Se recogen los núcleos de población incluidos en el nomenclátor de población del INE (Instituto Nacional de Estadística) Se distingue: • Núcleos de población • Diseminados El INE, con carácter general, considera Núcleo de población a un conjunto de al menos diez edificaciones, que están formando calles, plazas y otras vías urbanas. Las edificaciones o viviendas de una entidad singular de población que no pueden ser incluidas en el concepto de núcleo se consideran en Diseminado. De conformidad con este criterio, se representa cartográficamente el contorno que delimita cada uno de los núcleos de población, así como una aproximación al área ocupada por el diseminado. De cada uno de los núcleos se ha incluido una serie de atributos: nombre, entidad singular y municipio al que pertenece, código ine, capitalidad, tipo de entidad, etc. En esta capa no se desagregan los diseminados; para ello puede consultar la capa “Poblaciones CyL”. Más info. en: https://www.ine.es/nomen2/Metodologia.do
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Parcelas de inventario forestal de montes con documento de planificación forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Delimitación cartográfica de tramos pesca del área ocupada por la carpa (Cyprinus carpio). Capa que recoge las áreas habilitadas para la pesca fluvial de la carpa. Permite la localización y representación de los diferentes tramos y zonas hábiles para su captura en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de conformidad con la ORDEN FYM/339/2019, de 27 de marzo, por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por la carpa (Cyprinus carpio), por el black-bass (Micropterus salmoides), por el cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y por el cangrejo señal (Pacisfastacus leniusculus) con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Más Información: https://medioambiente.jcyl.es/web/es/caza-pesca/pesca-carpa-black-bass.html
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Elenco de montes con contrato de repoblación en CyL. Representación cartográfica (croquis orientativo), de los terrenos que tienen algún tipo de contrato con la administración forestal de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para su repoblación y/o gestión forestal. Existe una gran tipología de contratos: consorcios, convenios, contratos de adelantos de renta, convenios de colaboración en ribera estimada, etc., aunque los más abundantes son los dos primeros. AVISO: La información contenida en esta capa resume el mejor conocimiento cartográfico disponible de la situación de los montes incluidos en dicho Elenco. No obstante, no es completa ni exhaustiva, no es homogénea para el conjunto del territorio. CARECE DE VALOR LEGAL Y SE PONE A DISPOSICIÓN PÚBLICA A EFECTOS INFORMATIVOS Y ORIENTATIVOS, y se irá actualizando y ampliando.
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Sensibilidad ambiental a la instalación de parques eólicos e infraestructuras auxiliares asociadas en MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUP) y MONTES PROTECTORES de Castilla y León. Tanto la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, nacional, como la autonómica Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León establecen un régimen de protección para los montes de utilidad pública y montes declarados protectores. De acuerdo con este régimen, solo son autorizables aquellas actividades compatibles con los motivos que promovieron la declaración su declaración como tal y, en todo caso, compatibles con la persistencia de los valores naturales del monte. En este sentido, la instalación de parques eólicos en zonas desarboladas de estos montes, que no mantengan otros valores (por ejemplo la existencia de determinados hábitats o localización de especies de interés) y que, en todo caso, debe ser evaluado caso a caso, puede ser compatible con su demanialidad en el caso de los montes de UP o su declaración como monte protector. Cabe señalar que, tal como se establece en el art.16 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, en los proyectos de construcción de todo tipo de infraestructuras ajenas a la gestión forestal se evitará, siempre que existan alternativas viables, afectar a montes catalogados de utilidad pública y montes protectores. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental, dado que se ofrecen únicamente para facilitar una temprana valoración desde las primeras fases de definición de un potencial proyecto de energías renovables sobre la afección a un espacio concreto con elevada sensibilidad ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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Representación cartográfica de los montes declarados Protectores de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Son montes protectores los terrenos forestales o montes de titularidad privada declarados como tal según el art.24 de la Ley 41/2003,de Montes,al cumplir alguna de las condiciones que para la declaración de utilidad pública de montes públicos establece dicha ley en su art.13. Estos montes forman parte de la Red de Zonas Naturales de Interés Especial -ZNIE- de Castilla y León, integrada a su vez en la RANP,según lo previsto en el art.83 de la Ley 4/2015,del Patrimonio Natural de Castilla y León.
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