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Delimitación cartográfica del área ocupada por el cangrejo rojo y señal. Capa que recoge las áreas habilitadas para la pesca fluvial de cangrejo en Castilla y León. Permite la localización y representación de los diferentes tramos y zonas hábiles para su captura en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de conformidad con la ORDEN MAV/10/2024, de 10 de enero, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca, y la ORDEN MAV/1481/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueba la Orden de Pesca para el año 2024, y en la ORDEN MAV/573/2022, de 26 de mayo, por la que se aprueba el plan de control del cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Más información: https://medioambiente.jcyl.es/web/es/caza-pesca/pesca-cangrejo-rojo-senal.html
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Sensibilidad ambiental a la instalación de parques eólicos e infraestructuras auxiliares asociadas en MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUP) y MONTES PROTECTORES de Castilla y León. Tanto la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, nacional, como la autonómica Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León establecen un régimen de protección para los montes de utilidad pública y montes declarados protectores. De acuerdo con este régimen, solo son autorizables aquellas actividades compatibles con los motivos que promovieron la declaración su declaración como tal y, en todo caso, compatibles con la persistencia de los valores naturales del monte. En este sentido, la instalación de parques eólicos en zonas desarboladas de estos montes, que no mantengan otros valores (por ejemplo la existencia de determinados hábitats o localización de especies de interés) y que, en todo caso, debe ser evaluado caso a caso, puede ser compatible con su demanialidad en el caso de los montes de UP o su declaración como monte protector. Cabe señalar que, tal como se establece en el art.16 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, en los proyectos de construcción de todo tipo de infraestructuras ajenas a la gestión forestal se evitará, siempre que existan alternativas viables, afectar a montes catalogados de utilidad pública y montes protectores. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental, dado que se ofrecen únicamente para facilitar una temprana valoración desde las primeras fases de definición de un potencial proyecto de energías renovables sobre la afección a un espacio concreto con elevada sensibilidad ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:
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Parcelas de inventario forestal de montes con documento de planificación forestal. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Totalidad del área objeto de planificación forestal. Representa la superficie completa de todos los terrenos sobre los que se realiza un plan de gestión, ordenación o planificación forestal. Es decir, el área sobre la que se analizan, regulan y programan las actuaciones forestales consideradas dentro del ámbito del plan, independientemente de que en su interior haya distintos usos, masas forestales, infraestructuras o zonas no arboladas. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Formaciones vegetales caracterizadas por especies, niveles de cubierta y estado de madurez de las mismas. * Aviso: INFORMACIÓN CON FRECUENCIA DE ACTUALIZACIÓN SEMANAL
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Cartografía temática de los perímetros de las Zonas Naturales de Esparcimiento (ZNE) declaradas en Castilla y León. Las Zonas Naturales de Esparcimiento son “aquellas áreas de ambiente natural de fácil acceso desde los grandes núcleos urbanos con la finalidad de proporcionar a su población lugares de descanso, recreo y esparcimiento de un modo compatible con la conservación de la naturaleza, y ser un elemento disuasorio que evite la gran afluencia de visitantes a espacios naturales más frágiles”
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Representación cartográfica de los montes declarados Protectores de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Son montes protectores los terrenos forestales o montes de titularidad privada declarados como tal según el art.24 de la Ley 41/2003,de Montes,al cumplir alguna de las condiciones que para la declaración de utilidad pública de montes públicos establece dicha ley en su art.13. Estos montes forman parte de la Red de Zonas Naturales de Interés Especial -ZNIE- de Castilla y León, integrada a su vez en la RANP,según lo previsto en el art.83 de la Ley 4/2015,del Patrimonio Natural de Castilla y León.
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Mapa de sectores de desarrollo del planeamiento urbanístico de Castilla y León. Identificación y representación cartográfica de los sectores aprobados que se encuentran en vigor en el planeamiento urbanístico municipal en suelos urbanos no consolidados y suelos urbanizables. * Aviso: INFORMACIÓN ACTUALIZADA MENSUALMENTE
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Mapa de localización y distribución de actuaciones ejecutadas en el marco del programa REHABITARE de la Junta de Castilla y León. El programa REHABITARE tiene como objetivo incrementar el parque público de alquiler social de la Comunidad y fijar población en el medio rural, a través de la recuperación de inmuebles en desuso que sean de titularidad municipal. Su finalidad prioritaria es atender las necesidades habitacionales de los colectivos de especial protección relacionados en el artículo 5 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, particularmente de los jóvenes.
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Mapa de delimitación de las aguas trucheras de Castilla y León. Se representan las aguas declaradas como trucheras, conforme con lo dispuesto en la ORDEN MAV/378/2023, de 21 de marzo, por la que se declaran las aguas trucheras de Castilla y León, ya sea por ser la trucha común la especie pescable de mayor interés, o por su elevada potencialidad para albergar a dicha especie.
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