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  • Vulnerabilidad de las formaciones forestales: clases. Mapa de las clases de vulnerabilidad de las formaciones forestales de Castilla y León (grado de daños o pérdidas), respecto a incendios forestales. Más información: • AYUDAS PARA LA RESTAURACIÓN DE DAÑOS EN TERRENOS FORESTALES (2024): https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181077965/Ayuda012/1285364717212/Propuesta

  • Servicio Web de visualización de mapas, conforme al estándar WMS-OGC, que recoge el tema de ortoimágenes (tema 3, Anexo II de Directiva INSPIRE: OI - Orthoimagery). El tema Orthoimagery, según INSPIRE, hace referencia a todos los datos en forma de imágenes que han sido ortorectificadas, sea cual sea el segmento del espectro electromagnético utilizado, obtenidas a partir de escaneos de película, de fotografía aérea o de teledetección. Se trata pues de una forma de captura de datos, a diferencia de la mayor parte del resto de temas INSPIRE, que se centran en tipos de información relacionados con fenómenos físicos o con sus atributos. Se escoge como forma de representación la cobertura (grid coverage) tal como está especificada en ISO 19123 (EN ISO 19123:2007, Geographic Information – Schema for coverage geometry and functions), que puede vincularse tanto a una ortoimagen individual como a un mosaico de ortoimágenes. Las propiedades que describen la geometría de la cobertura se derivan de ISO 19123. Además, cada cobertura tiene asignado un único identificador y se le puede asociar otras informaciones: nombres, traza, características temporales, etc. Más información: http://blog-idee.blogspot.com.es/2012/08/las-ortoimagenes-en-inspire.html

  • Cartografía orientativa de los terrenos sobre los que no serían autorizables los proyectos de instalaciones de energías renovables y sus infraestructuras auxiliares conforme al artículo 13 del "Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica" (BOCYL 24.06.2022). Se han tenido en cuenta todos los criterios del artículo 13 del DL 2/2022, salvo “otras instalaciones de servicio público ubicadas en suelo rústico”, cuya afección deberá ser analizada particularmente en cada caso. Para la delimitación de la zona de exclusión de parques eólicos, se han tenido en cuenta los siguientes criterios: - Red de Áreas Naturales Protegidas, salvo en los montes protectores y en los catalogados de utilidad pública - Áreas críticas de especies protegidas con plan de conservación o recuperación - Distancia a menos de 500 metros de un bien de interés cultural - Distancia a menos de 1.000 metros de núcleos urbanos - Distancia a menos de 1.000 de centros educativos, centros sanitarios y sociosanitarios ubicados en suelo rústico - Zonas de regadíos Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:

  • Representación cartográfica de los montes, tanto demaniales como patrimoniales, cuyo propietario es la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, clasifica a los montes (Art.12) en montes dominio público o demaniales, a los que integran el dominio público forestal, como es el caso de montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUP), y en montes patrimoniales a aquellos de propiedad pública que no sean demaniales.

  • Sensibilidad a instalaciones que pueden condicionar la implantación de parques eólicos en Castilla y León. El desarrollo de determinadas actividades, críticas o fundamentales, implantadas sobre el territorio de la Comunidad, lleva asociada la existencia de instalaciones dependientes que exigen su consideración de cara a asegurar el correcto funcionamiento de aquellas. Con esa finalidad se delimitan una serie de terrenos por su sensibilidad a la implantación de instalaciones de producción energética eólica: - ÁREAS CERCANAS A RADARES METEOROLÓGICOS DE BANDA C. Infraestructuras fundamentales para la predicción y vigilancia de fenómenos meteorológicos. Los radares meteorológicos se deben ubicar en emplazamientos libres de obstáculos con objeto de que la señal radar, emitida en pulsos electromagnéticos en todas las direcciones (360º en azimut) y a distintas elevaciones, no resulte bloqueada o apantallada (o lo sea en la menor medida posible). Uno de los mayores problemas en la operatividad de los radares meteorológicos es la proximidad de parques eólicos. Los aerogeneradores, si se encuentran próximos al radar meteorológico, interceptan la señal electromagnética bloqueando la señal parcialmente y generando además intensos ecos falsos. Consiguientemente, en aras de garantizar la operatividad de estas infraestructuras, se delimitan servidumbres asociadas a los radares meteorológicos de banda C. - SERVIDUMBRES AERONAÚTICAS. Tradicionalmente la navegación aérea se ha basado en instalaciones que desde tierra emiten señales radioeléctricas a las aeronaves que permiten su guiado, las comunicaciones y la vigilancia de éstas. La importancia de las funciones que realizan estos sistemas en relación con la seguridad aérea obliga a proteger estas instalaciones y sus emisiones a través de las servidumbres aeronáuticas. Los aerogeneradores son elementos metálicos de grandes dimensiones que, en ocasiones, presentan afecciones sobre los sistemas de navegación aérea. Las servidumbres aeronáuticas constituyen la herramienta legal para asegurar la compatibilidad de la prestación de los servicios de navegación aérea con la planificación de otro tipo de instalaciones en el territorio. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental.

  • Servicio web de mapas de tipo WMS:OGC que implementa la Serie Mapa Topográfico de Castilla y León 1:10.000 para su visualización y consulta. Aglutina toda las hojas de cartografía topográfica básica de ámbito territorial elaboradas para la formación de la Serie Mapa Topográfico de Castilla y León 1:10.000. Consta de los siguientes niveles temáticos de información: - Sistemas de coordenadas - Cuadrícula geográfica - Unidades administrativas - Redes de transporte - Hidrografía - Elevaciones - Cubierta terrestre - Edificaciones y construcciones - Servicios e instalaciones

  • Mapa de desarrollo urbano según planeamiento urbanístico de Castilla y León. Identificación y representación cartográfica de recintos urbanos y urbanizables que se recogen en el planeamiento urbanístico municipal vigente. Formado a partir de la integración de los recintos de dichas características que figuran en las capas de cartografía: "Planeamiento urbanístico CyL: categorías de suelo" y "Planeamiento urbanístico CyL: sectores de desarrollo". Habiéndose realizado una interpretación del grado de desarrollo por parte del SIU y de la propia Junta de Castilla y León. Quedan representadas las áreas urbanas y las zonas de expansión urbana de aquellos municipios que cuentan con figuras de planeamiento en las que se definen y delimitan. * Aviso: INFORMACIÓN ACTUALIZADA MENSUALMENTE

  • Ortofotoimágenes en alta resolución de núcleos de población de Castilla y León. Imágenes ortorrectificadas procedentes de numerosos vuelos aéreos realizados entre los años 2.005-2.011 para gran parte de los núcleos de población de la Comunidad de Castilla y León. Imágenes generadas principalmente a resolución de 10 cm./pixel (minoritariamente resoluciones de 15 y 20 cm./pixel). Consulte disponibilidad y otros detalles en el siguiente enlace: http://www.cartografia.jcyl.es/web/jcyl/binarios/58/380/Ortos_diciembre2011,0.pdf?

  • Geometría oficial de las LÍNEAS LÍMITE municipales y enlace a sus FICHAS REGISTRALES. Delimitación administrativa de los municipios de Castilla y León obtenidas de las líneas límite oficiales del Instituto Geográfico Nacional (IGN) incluidas en el Registro Central de Cartografía. De cada línea límite se incluye un enlace a la descarga de su hoja registral. De cada línea límite se indica el método de obtención de su geometría y su PRECISIÓN correspondiente (ACCURY). Se definen cuatro métodos: - Método 1: Línea digitalizada sobre el MTN. Su precisión está limitada por la del proceso de digitalización manual. Incertidumbre estimada de 40 metros. - Método 2: Geometría mejorada y/o ajustada a la descripción del título jurídico inscrito, por comparación con ortofotografía aérea, modelo digital del terreno u otras fuentes cartográficas y, en su caso, a partir de la documentación técnica inscrita (cuadernos de campo y planimetrías). Incertidumbre estimada de 20 metros. - Método 3: Geometría de los hitos o mojones obtenida sobre el terreno (instrumentación GNSS y/o estación total) y determinación precisa de los tramos que los unen. Estos trabajos están ratificados mediante acta adicional, resolución administrativa o sentencia judicial. La precisión es mejor que 1 metro. - Método 4: Línea digitalizada a partir de diferentes fuentes gráficas o literales, o bien no está clara su procedencia. De cada línea límite se indica su ESTADO JURÍDICO (LEGSTATUS). Se definen dos estados: - Agreed: Avalada jurídicamente. - not Agreed: Provisional o parcialmente provisional.

  • Representación cartográfica de las unidades administrativas municipales oficiales de Castilla y León. Delimitación administrativa de los municipios de Castilla y León a partir de las líneas-límite oficiales del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Constituye una de las cartografías básicas de referencia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.