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  • Cartografía de la identificación de los municipios en los que es obligatoria la inspección técnica de edificios. 1- ITE completa: La inspección técnica de edificios es obligatoria para todos los edificios: a) En los municipios con población igual o superior a 20.000 habitantes. b) En los demás municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes incluidos en las áreas funcionales estables definidas en la Ley 9/2014, de 27 de noviembre. 2- ITE parcial: La inspección técnica de edificios es obligatoria solamente para los edificios que alberguen uso residencial en tipología no unifamiliar: a) En los demás municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes e inferior a 20.000. b) En los demás municipios con población igual o superior a 2.000 habitantes e inferior a 5.000 que cuenten con Plan General de Ordenación Urbana o que se incluyan en las áreas funciones estables citadas en el apartado 1.b) anterior. Sujetos obligados: Propietarios, comunidad de propietarios, o agrupación de comunidad de propietarios. Más información: https://vivienda.jcyl.es/web/es/rehabilitacion-urbana/inspeccion-tecnica-edificaciones.html

  • Sensibilidad ambiental a la instalación de parques eólicos e infraestructuras auxiliares asociadas en MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUP) y MONTES PROTECTORES de Castilla y León. Tanto la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, nacional, como la autonómica Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León establecen un régimen de protección para los montes de utilidad pública y montes declarados protectores. De acuerdo con este régimen, solo son autorizables aquellas actividades compatibles con los motivos que promovieron la declaración su declaración como tal y, en todo caso, compatibles con la persistencia de los valores naturales del monte. En este sentido, la instalación de parques eólicos en zonas desarboladas de estos montes, que no mantengan otros valores (por ejemplo la existencia de determinados hábitats o localización de especies de interés) y que, en todo caso, debe ser evaluado caso a caso, puede ser compatible con su demanialidad en el caso de los montes de UP o su declaración como monte protector. Cabe señalar que, tal como se establece en el art.16 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, en los proyectos de construcción de todo tipo de infraestructuras ajenas a la gestión forestal se evitará, siempre que existan alternativas viables, afectar a montes catalogados de utilidad pública y montes protectores. * La presentación de esta información no sustituye los pertinentes trámites de evaluación de impacto ambiental de proyectos ni prejuzgan los resultados de las correspondientes declaraciones de impacto ambiental, dado que se ofrecen únicamente para facilitar una temprana valoración desde las primeras fases de definición de un potencial proyecto de energías renovables sobre la afección a un espacio concreto con elevada sensibilidad ambiental. Es posible consultar toda la información cartográfica para visualización o descarga a través de los siguientes enlaces:

  • Mapa de sectores de desarrollo del planeamiento urbanístico de Castilla y León desclasificados por normativa. Identificación y representación cartográfica de sectores de suelo identificados en el planeamiento urbanístico municipal que han sido desclasificados, bien como consecuencia de la aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2014 que vino a convertir suelos urbanos no consolidados y suelos urbanizables englobados en sectores de desarrollo en suelos rústicos de tipo común, bien por otra normativa o causa legislativa.

  • Geometría oficial de las LÍNEAS LÍMITE municipales y enlace a sus FICHAS REGISTRALES. Delimitación administrativa de los municipios de Castilla y León obtenida de las líneas límite oficiales del Instituto Geográfico Nacional (IGN) incluidas en el Registro Central de Cartografía (RCC). De cada línea límite se incluye un enlace a la descarga de su hoja registral. De cada línea límite se indica el método de obtención de su geometría y su PRECISIÓN correspondiente. Se definen cuatro métodos: - Método 1: Línea digitalizada sobre el MTN. Su precisión está limitada por la del proceso de digitalización manual. Incertidumbre estimada de 40 metros. - Método 2: Geometría mejorada y/o ajustada a la descripción del título jurídico inscrito, por comparación con ortofotografía aérea, modelo digital del terreno u otras fuentes cartográficas y, en su caso, a partir de la documentación técnica inscrita (cuadernos de campo y planimetrías). Incertidumbre estimada de 20 metros. - Método 3: Geometría de los hitos o mojones obtenida sobre el terreno (instrumentación GNSS y/o estación total) y determinación precisa de los tramos que los unen. Estos trabajos están ratificados mediante acta adicional, resolución administrativa o sentencia judicial. La precisión es mejor que 1 metro. - Método 4: Línea digitalizada a partir de diferentes fuentes gráficas o literales, o bien no está clara su procedencia. De cada línea límite se indica su ESTADO JURÍDICO. Se definen dos estados: - Avalada jurídicamente. - Provisional o parcialmente provisional. Constituye una de las cartografías básicas de referencia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

  • Mapa de planes parciales del planeamiento urbanístico de Castilla y León. Se muestra su delimitación geográfica y una serie de datos como el nombre, código, uso, y grado de ejecución. También se incluye un enlace a la documentación completa disponible en el PLAU. Los planes parciales son instrumentos de planeamiento urbanístico de desarrollo que tienen como objetivo establecer la ordenación detallada de los sectores de suelo urbanizable. Tienen por objeto establecer, al menos: • La calificación urbanística: asignación y regulación detallada del uso y tipología edificatoria para cada parcela. • Las condiciones, características y parámetros de la urbanización y la edificación. • La previsión de los sistemas locales y conjunto de dotaciones urbanísticas. En esta capa cartográfica se incluyen los planes parciales vigentes aprobados sobre suelo urbanizable. NOTA IMPORTANTE: Puede existir documentos urbanísticos que desarrollan la ordenación detallada de suelo urbanizable (SUR) que no están incluidos en esta capa cartográfica. Estos casos pueden ser los siguientes: - Sectores en los que su ordenación detallada se establece directamente en el planeamiento general o en una modificación de éste. - Planes parciales que han sido asumidos en un planeamiento general posterior y que actualmente ya son suelo urbano. * Aviso: INFORMACIÓN ACTUALIZADA MENSUALMENTE

  • Delimitación administrativa territorial de los municipios de España mediante geometrías de tipo polígono y codificación INE. Recintos formados a partir de las líneas-límite municipales inscritas en el Registro Central de Cartografía (RCC), resultantes de la interpretación de los títulos jurídicos inscritos en el RCC. Información procedente del archivo de Líneas-límite municipales del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Integra información alfanumérica procedente del Instituto Nacional de Estadística (INE). Constituye una de las cartografías básicas de referencia para la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

  • Mapa de localización y distribución de actuaciones ejecutadas en el marco del programa REHABITARE de la Junta de Castilla y León. El programa REHABITARE tiene como objetivo incrementar el parque público de alquiler social de la Comunidad y fijar población en el medio rural, a través de la recuperación de inmuebles en desuso que sean de titularidad municipal. Su finalidad prioritaria es atender las necesidades habitacionales de los colectivos de especial protección relacionados en el artículo 5 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, particularmente de los jóvenes.

  • Cartografía de la identificación de los municipios que integran cada una de las Áreas Funcionales Estables de Castilla y León. El área funcional estable es aquella integrada por la unidad básica de ordenación y servicios del territorio urbana (municipios de más de 20.000 habitantes) y los municipios de su entorno o alfoz con los que mantiene relaciones funcionales que precisan una planificación conjunta. Normativa de aplicación: Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. LEY 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León y se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. LEY 5/2018, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León y se modifica la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

  • Delimitación administrativa de los territorios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León mediante geometrías de tipo polígono y codificación INE. Se recogen las unidades administrativas correspondientes a territorios o comunidades jurisdiccionales distintas a municipios, provincias y comunidades autónomas. Recintos formados a partir de las líneas-límite municipales inscritas en el Registro Central de Cartografía (RCC), resultantes de la interpretación de los títulos jurídicos inscritos en el RCC. Información procedente del archivo de Líneas-límite municipales del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Integra información alfanumérica procedente del Instituto Nacional de Estadística (INE). Constituye una de las cartografías básicas de referencia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

  • Delimitación administrativa de los territorios de España mediante geometrías de tipo polígono y codificación INE. Se recogen las unidades administrativas correspondientes a territorios o comunidades jurisdiccionales distintas a municipios, provincias y comunidades autónomas. Recintos formados a partir de las líneas-límite municipales inscritas en el Registro Central de Cartografía (RCC), resultantes de la interpretación de los títulos jurídicos inscritos en el RCC. Información procedente del archivo de Líneas-límite municipales del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Integra información alfanumérica procedente del Instituto Nacional de Estadística (INE). Constituye una de las cartografías básicas de referencia para la Comunidad Autónoma de Castilla y León.