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  • Capa de geometría poligonal a escala 1:10.000 de los recintos de las infraestructuras aeroportuarias: aeropuertos, aeródromos y helipuertos. Se dibujan las distintas partes de estas infraestructuras: recinto aeródromos, recinto helipuertos, pistas de aterrizaje, área de estacionamiento y calle de rodaje. Se incluyen diversos atributos de interés: orientación, longitud, anchura, altitud, tipo de superficie, función, uso, gestión, categoría, código ICAO, código IATA.

  • Capa de las vías de la red ferroviaria de Castilla y León de geometría lineal. Para cada uno de los tramos se recoge una serie de atributos: nombre de la vía y del tramo, ancho de vía (ibérico, UIC o mixto), situación física (en superficie, elevado o subterráneo), uso, electrificación, etc. También se recogen las vías que se encuentran en construcción, en proyecto, o fuera de servicio o desmanteladas.

  • Mapa de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de Castilla y León. Constituyen junto a las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) la Red Natura 2000, integrada en la Red de Áreas Naturales Protegidas (RANP) de Castilla y León, (Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León). LIC declarados ZEC mediante Decreto 57/2015, de 10 de septiembre, por el que se declaran las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves, y se regula la planificación básica de gestión y conservación de la Red Natura 2000 en Castilla y León. Capa formada por la agregación de la adaptación cartográfica de los límites de las ZEC de Castilla y León, a escala de referencia 1:10.000. Se entiende por adaptación cartográfica de los límites de un espacio al ajuste cartográfico encaminado al incremento de su precisión y fiabilidad, que deriva de la mejora de los instrumentos de análisis y bases cartográficas acontecida desde su definición. Estos límites se han ajustado, como norma general, a la cartografía oficial (básica, temática o derivada), de mayor precisión vigente, con validez legal y/o representación territorial. La propuesta de dichos ajustes cartográficos fue puesta a disposición del público conjuntamente con la propuesta de declaración de las ZEC y ZEPA, a través de la Resolucíon del 8 de octubre de 2014, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se sometía a trámite de audiencia e información pública el proyecto de decreto por el que se declaran Zonas especiales de conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves y se regula la planificación básica de gestión y conservación de la Red Natura 2000 en la Comunidad de Castilla y León. Dichos ajustes han sido aprobados por parte de la Comisión Europea a través de la Decisión de ejecución (UE) 2016/2328 de la Comisión de 9 de diciembre de 2016 por la que se adopta la décima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterrénea y la Decisión de ejecución (UE) 2016/2335 de la Comisión de 9 de diciembre de 2016 por la que se adopta la décima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica; y por Resolución de 24 de enero de 2017 de la Dirección General de Medio Natural, por lo que se aprueba y da publicidad a los ajustes de los límites de las Zonas especiales de conservación y a las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 de Castilla y León.

  • Malla cartográfica que establece una subdivisión de áreas en base a cuadrículas como soporte para la elaboración del catastro minero de Castilla y León. De acuerdo con la Ley 22/1973 de 21 de julio, de Minas, se crea una malla formada por cuadrículas geográficas que sirven de referencia para dar de alta derechos mineros. Cada derecho minero ha de verse ajustado a los vértices de dicha malla. Se trata de una malla formada por elementos comprendidos entre dos paralelos y dos meridianos, cuya separación es de veinte segundos sexagesimales, que coinciden con grados y minutos enteros y con un número de segundos de veinte o cuarenta.

  • Mapa de puntos kilométricos de la red viaria de carreteras de Castilla y León 1:25.000. Los puntos kilométricos, o PKs, son utilizados para expresar la medida longitudinal del eje de los viales y sirven de referencia para identificar la posición geográfica en cada una de las vías o tramos de carretera. Información capturada dediante dispositivos GPS a partir de los hitos y mojones situados en los márgenes de las distintas carreteras del territorio de la Comunidad. Propiedad de la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior. Capa de entidades geométricas de tipo punto. Perteneciente al tema: Redes de Transporte (TN).

  • Derechos Mineros incluidos en el Catastro Minero de Castilla y León. De acuerdo con la Ley 6/1977 de Fomento de la Minería, la Junta de Castilla y León crea y mantiene el Registro Minero, que incorpora todos los derechos mineros existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León quedando representados en la presente cartografía. La información cartográfica ofrecida desde este recurso es EXCLUSIVAMENTE INFORMATIVA. Esta información se encuentra en continúa actualización y revisión, por lo que puede que la información ofrecida sea inexacta. Los límites representados y reflejados en la cartografía CARECEN DE VALOR LEGAL. La única documentación con validez legal obra en el expediente administrativo pertinente. * Aviso: INFORMACIÓN ACTUALIZADA DIARIAMENTE

  • Capa de estaciones de la red ferroviaria de Castilla y León de geometría puntual. En la cartografía se recogen e identifican todas las estaciones y paradas de distinta tipología: estación, apeadero, apartadero, cargadero. Incluyen otros elementos de la infraestructura ferroviaria: cambiadores de ancho, puestos de adelantamiento y estacionamiento (PAET), y nodos para el funcionamiento y conexión entre la red convencional y de alta velocidad. También se recogen los elementos que se encuentran en construcción, en proyecto, o fuera de servicio o desmantelados.

  • Cartografía de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Castilla y León. Constistuyen junto a las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) la Red Natura 2000, integrada en la Red de Áreas Naturales Protegidas (RANP) de Castilla y León, (Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León). Declaradas mediante Decreto 57/2015, de 10 de septiembre, por el que se declaran las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves, y se regula la planificación básica de gestión y conservación de la Red Natura 2000 en Castilla y León. Capa formada por la agregación de la adaptación cartográfica de los límites de las ZEPA de Castilla y León a escala 1:10.000. Se entiende por adaptación cartográfica de los límites de un espacio al ajuste cartográfico encaminado al incremento de su precisión y fiabilidad, que deriva de la mejora de los instrumentos de análisis y bases cartográficas acontecida desde su definición. Estos límites se han adaptado, como norma general, a la cartografía oficial (básica, temática o derivada), de mayor precisión vigente, con validez legal y/o representación territorial. Las propuesta de dichos ajustes cartográficos fue puesta a disposición del público conjuntamente con la propuesta de declaración de las ZEC y las ZEPA, a través de la Resolución del 8 de octubre de 2014, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se sometía a trámite de audiencia e información pública el proyecto de decreto por el que se declaran las Zonas especiales de conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves y se regula la planificación básica de gestión y conservación de la Red Natura 2000 en la Comunidad de Castilla y León. Dichos ajustes han sido aprobados por Resolución de 14 de enero de 2017 de la Dirección General de Medio Natural, por la que se aprueba y da publicidad a los ajustes de los límites de las Zonas especiales de conservación y a las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 de Castilla y León.

  • Cartografía temática de los perímetros de las Zonas Naturales de Esparcimiento (ZNE) declaradas en Castilla y León. Las Zonas Naturales de Esparcimiento son “aquellas áreas de ambiente natural de fácil acceso desde los grandes núcleos urbanos con la finalidad de proporcionar a su población lugares de descanso, recreo y esparcimiento de un modo compatible con la conservación de la naturaleza, y ser un elemento disuasorio que evite la gran afluencia de visitantes a espacios naturales más frágiles”